ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
REGIÓN SUR
U.E. 057 - RED DE ATENCIÓN PRIMARIA DE CANELONES
"LLAMADO INTERNO DE ALTA DEDICACIÓN HORARIA - más de 20 horas semanales"
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
Se convoca a aspirantes para la función de DOCTOR EN MEDICINA ESPECIALISTA EN PSIQUIATRÍA INFANTIL para policlínica y/o visita en sala para el Equipo de Salud Mental del Centro Auxiliar San Ramón, en funciones de ADH.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.
Fecha de inscripción: 10 al 24 de Julio de 2021 inclusive.
Requisitos: Ser funcionario presupuestado o contratado por el Artículo 256 (Ley Nº 18.834); ó Comisión de Apoyo ó Comisión Honoraria Patronato del Psicópata, prestando funciones en el Equipo de Salud Mental del Centro Auxiliar de San Ramón dependiente de la Unidad Ejecutora 057- Red de Atención Primaria de Canelones.
Título de Especialista en Psiquiatría Infantil registrado y habilitado por el MSP ó constancia del Título en trámite ó revalida.
Acreditar inscripción vigente en el Colegio Médico del Uruguay (Ley N° 18591 (18/09/09) - Art. 2º)
Experiencia laboral documentada en A.S.S.E. (presentar actuación funcional)
No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad (al momento de la convocatoria)
Disponibilidad horaria para el cumplimiento de funciones de Alta Dedicación Horaria (más de 20 horas semanales presenciales).
Se Valorará: Escolaridad, capacitación complementaria, antigüedad en la función y Evaluación de Desempeño.
Preinscripción: Completar formulario de postulación.
Canelones, Julio de 2021
BASES DEL LLAMADO
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E 057 - RED DE ATENCIÓN PRIMARIA DE CANELONES
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
MODALIDAD DEL LLAMADO: (INTERNO) MÉRITOS Y ANTECEDENTES
FUNCIÓN QUE SE CONVOCA: DOCTOR EN MEDICINA ESPECIALISTA EN PSIQUIATRÍA INFANTIL para policlínica y/o visita en sala para el Equipo de Salud Mental del Centro Auxiliar de San Ramón (ALTA DEDICACIÓN HORARIA - más de 20 hs semanales)
PRINCIPALES ACTIVIDADES:
Dedicación horaria y régimen de trabajo:
Convenio colectivo firmado el 5/3/2021 (ASSE - MSP - MEF - SMU - FEMI - MTSS)
Régimen de más de 20 hs. Semanales, concurrencia de lunes a viernes.
Policlínica ampliada: incluye policlínica.
Horas no asistenciales: un mínimo de 1 hora semanal para la planificación del proceso psiquiátrico terapéutico.
3.1.- FAD POLICLINICA Y/O VISITA EN SALA:
3.1.1.- A los efectos del presente acuerdo las horas de visita en sala de psiquiatría se consideran como horas de policlínica.
3.1.2.- El mínimo de actividad de policlínica y/o visita en sala semanal se establece en 12 horas semanales y el máximo en 24 horas semanales.
3.1.3.- Las funciones de alta dedicación que exclusivamente sean de policlínica y/o visita en sala serán de entre 20 y 24 horas semanales.
Definición de las actividades de la función de alta dedicación Psiquiatría:
El psiquiatra formará parte del Equipo interdisciplinario de Salud Mental de su Unidad Ejecutora y, de acuerdo a lo que establece la Ley de Salud Mental en el Art. 19., trabajará coordinando con su equipo, bajo los lineamientos técnicos de su coordinador y cubriendo todos los niveles de atención. Atención en Policlínica de Psiquiatría: En su actividad de policlínica, el Psiquiatra presta atención no urgente en consultorio a la población de referencia de su Equipo de Salud Mental y eventualmente a la población que no esté referida a éste, constituyendo el nivel básico y fundamental de relación usuario - Equipo de Salud Mental.
Su tarea profesional consiste en:
- Establecer el diagnóstico, indicar el tratamiento correspondiente, y construir un proyecto terapéutico en conjunto con el usuario, su familia y el resto del equipo de salud.
- Controlar la evolución y seguimiento de los pacientes que constituyen su población de referencia de su Equipo de Salud Mental.
- Registrar en forma completa su actuación e indicaciones en la Historia Clínica.
- Mantener entrevistas de intercambio con técnicos, educadores o representantes de redes comunitarias, vinculadas a la atención del usuario.
- Garantizar la continuidad de la atención con otros niveles asistenciales; coordinar la derivación de pacientes a otros niveles o dispositivos de atención.
- Generar programas de colaboración y enlace con el Equipo Básico de Salud (1er nivel de atención) para la referencia y contrareferencia de aquellos usuarios que consultan por problemas vinculados a la salud mental (ateneos clínicos, interconsulta, seguimiento en conjunto, etc.)
- Asistir a los usuarios con agenda priorizada en acuerdo con las directivas de la Dirección de Salud Mental
Atención en la comunidad: Esta actividad comprende Policlínica Comunitaria (con seguimiento domiciliario si corresponde y Centros de Rehabilitación Psicosocial si corresponde.
Remuneración: (Cláusula 4.2 del acuerdo)
El valor hora presencial a la fecha de la función de alta dedicación para psiquiatría es de $ 1.285.76 (total nominal), considerando en el mismo el pago de un componente fijo y otro variable. A ese valor deberá adicionarse la compensación que pueda corresponder por antigüedad.
Dependencia Jerárquica.
Desde el punto de vista administrativo: Dirección de U.E. 057 Red de Atención Primaria de Canelones.
Desde el punto de vista funcional y técnico: Dirección de Salud Mental y Poblaciones Vulnerables (Res. 2794/12 de fecha 8 de Agosto 2012), a través del Coordinador del Equipo de Salud Mental que integra.
Norma Aplicable:
-Decreto 197/2006 de 22/06/2006
MODALIDAD: Méritos y Antecedentes (100 puntos)
"Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
- hasta 35 puntos por la escolaridad.
- hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.
"Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año.
Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
- hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
- hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año. (Art.7)
TRIBUNAL DE CONCURSO:
Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):
Un representante designado por A.S.S.E
Un representante de la Unidad Ejecutora
Un representante de los funcionarios
Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora.
El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.