ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E. 009 - INSTITUTO NACIONAL DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
"LLAMADO INTERNO"
Se convoca a funcionarios pertenecientes a la UE 009 - Instituto Nacional de Ortopedia y Traumatologia, para desempeñar la función de LICENCIADO/A EN ENFERMERÍA PARA BLOCK QUIRURGICO.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.
Período de Inscripción: 17/01/2023 hasta el 03/02/2023 inclusive.-
Requisitos Específicos (Excluyentes):
Ser funcionario perteneciente a la Unidad Ejecutora 009 - Instituto Nacional de Ortopedia y Traumatología presupuestado ó contratado por el Articulo 256 de la Ley N.º 18.834, cumpliendo funciones como Licenciado/a en Enfermería con antigüedad mayor a tres años.
Título de Licenciado/a en Enfermería registrado y habilitado en el MSP.
No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad (al momento de la convocatoria).
Experiencia laboral documentada en A.S.S.E. (Presentar actuación funcional actualizada):
Se Valorará: Escolaridad, Capacitación Complementaria, Antigüedad en la función y Desempeño Acreditado como Licenciado/a en Enfermería.
Experiencia documentada como Licenciado/a en Enfermería en Block Quirúrgico o Recuperación Anestésica mayor a 6 meses.
Formación documentada inherente al área de Block Quirúrgico, control de infecciones, cuidados intensivos, cursos de avanzada de RCP, esterilización de materiales y/ó economato.
Preinscripción: Completar el formulario de postulación
La integración y actuación del Tribunal: Se realizará atento a lo establecido
en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de fecha 22 de Junio de 2006.
El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
Montevideo, Enero de 2023
BASES DEL LLAMADO
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
U.E. 009 - Instituto Nacional de Ortopedia y Traumatología
"REGISTRO DE ASPIRANTES"
MODALIDAD DEL LLAMADO: (INTERNO) MÉRITOS Y ANTECEDENTES
FUNCIÓN QUE SE CONVOCA: LICENCIADO/A EN ENFERMERÍA PARA BLOCK QUIRÚRGICO
PRINCIPALES ACTIVIDADES:
Recibir y realizar el pase de guardia oral y escrito.
Planificar, ejecutar, dirigir y supervisar todas las tareas inherentes al funcionamiento del Block Quirúrgico.
Distribuir las salas de operaciones para coordinar la urgencia, emergencia, área de recuperación y pos anestesia, así como la organización y distribución de los recursos humanos a cargo.
Gestionar los recursos materiales e insumos para asegurar la realización de las cirugías en su turno y para correcto funcionamiento del servicio.
Supervisar el cumplimiento de los protocolos del servicio, así como la ejecución y evaluación de los planes para la prevención de Eventos Adversos asociados a la asistencia.
Desarrollar estrategias para el fortalecimiento del trabajo en equipo.
Participar directamente en el proceso de inducción del personal que ingresa al servicio.
Colaborar en la aplicación de los procesos de evaluación al personal a su cargo.
Realizar la coordinación de traslados de los usuarios que egresan de Block Quirúrgico.
Realizar educación in situ a su personal a cargo, así como colaborar en la elaboración de programas de educación continua.
Ejecutar plan de alta de enfermería del servicio de Block Quirúrgico.
Realizar Monitoreo del cumplimiento de las normas de Bioseguridad.
Supervisar el cumplimiento del plan de gestión integral de residuos.
Supervisar los registros.
Promover y utilizar los sistemas informáticos Institucionales.
* Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.
CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER
A. El correo electrónico desde el cual el postulante remita la documentación se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o a partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico.
B. El postulante podrá proponer un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando (en el mail en el que envía la documentación para la inscripción) nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse).
C. La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). "El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".
D. Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso.
E. Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada.
F. Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los cinco días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones.
G. Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante "Apostilla", si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 del 15 de noviembre de 2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente.
H. Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria.
Norma Aplicable:
-Decreto 197/2006 de 22/06/2006
MODALIDAD: Méritos y Antecedentes (100 puntos)
"Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
- hasta 35 puntos por la escolaridad.
- hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.
"Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis
meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
- hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
- hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos
por año. (Art.4)
TRIBUNAL DE CONCURSO:
Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):
Un representante designado por A.S.S.E
Un representante de la Unidad Ejecutora
Un representante de los funcionarios
Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora.
El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
El formulario ya no se encuentra disponible