LLAMADO INTERNO
UE 004 - CENTRO HOSPITALARIO PEREIRA ROSSELL
REGISTRO DE ASPIRANTES
FUNCIÓN: ENCARGADO/A PARA LA UNIDAD DE HIGIENE AMBIENTAL
1. BASES DEL LLAMADO
Se convoca a funcionarios pertenecientes al Inciso 29 - Administración de los Servicios de Salud del Estado.
Dependerá jerárquicamente de la Dirección Administrativa de la Unidad Ejecutora 004 -Centro Hospitalario Pereira Rosell.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.
2. REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES (a controlar por la Oficina RR.HH./personal)
• Ser funcionario perteneciente al Inciso 29 - ASSE, Presupuestado o Contratado Artículo 256 - Ley N. º 18.834 (04/11/2011), prestando funciones como Licenciado/a en Enfermería.
• Cédula de identidad vigente (frente y dorso)
• Título de Licenciado/a en Enfermería registrado y habilitado en el M.S.P (frente y dorso)
• Presentar Actuación Funcional de A.S.S.E. (Actualizada)
• Formulario para Presentación a Llamado a Concurso disponible en la página web de A.S.S.E.(https://www.asse.com.uy/contenido/FORMULARIO-PARA-LLAMADOS-A-CONCURSO-DE-A-S-S-E-14492
• Postularse al llamado en la página de A.S.S.E..
3. REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS (a controlar por el Tribunal)
• Experiencia documentada mayor a 1 año como Licenciado/a en Enfermería en Instituciones Públicas o Privadas.
• Formación y/o experiencia documentada en herramientas informáticas y Administración
4. REQUISITOS A VALORAR (a valorar por el Tribunal)
• Escolaridad
• Capacitación Complementaria
• Antigüedad en la función
• Desempeño Acreditado.
• Experiencia documentada de 2 años en cargos o funciones similares.
• Capacitación documentada en Higiene Ambiental.
• Capacitación documentada en Gestión de Residuos Hospitalarios
• Capacitación documentada en Prevención y Control de Infecciones Hospitalarias
5. INSCRIPCIONES
Comenzarán a partir del día 16/12/2024 a la hora 09:00 y hasta el día 30/12/2024 a la hora 15:00 inclusive.
Preinscripción: Completar el formulario de postulación.
Una vez completado el formulario de pre inscripción, se enviará al correo proporcionado por el postulante la información y documentación necesaria para avanzar en el proceso de inscripción y selección.
6. VÍAS DE CONSULTAS
Las consultas con respecto a los llamados se canalizarán a través del correo: consultadellamados.004@asse.com.uy y en la Oficina de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora.
7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER
A. El correo electrónico declarado por el postulante al momento de la inscripción se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o a partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico.
B. El postulante podrá proponer al momento de la postulación un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando por nota firmada nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse y ningún postulante podrá integrar el Tribunal).
C. La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). "El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".
D. Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso.
E. Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada.
F. Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los tres días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones.
G. Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante "Apostilla", si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 de 15/11/2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente.
H. Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria.
8. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES
• Controlar el cumplimiento de la normativa vigente y los procesos operativos en la limpieza hospitalaria y las medidas de Bioseguridad en la manipulación de materiales, residuos y ropa hospitalaria.
• Elaborar y difundir un plan de gestión integral de residuos hospitalarios alineado con el Manual de Gestión Integral de residuos sanitarios ASSE 2009.
• Realizar las gestiones para que el Hospital disponga de materiales necesarios para la clasificación y manejo seguro de los residuos sanitarios.
• Supervisar el correcto etiquetado de los residuos biocontaminados previo a su traslado.
• Elaborar y difundir una ruta sanitaria para los residuos sanitarios.
• Realizar un plan de higiene hospitalaria con la finalidad de:
• Disminuir la cantidad de microorganismos para prevenir las infecciones mediante una limpieza exhaustiva en el entorno del paciente y en todas las áreas hospitalarias como también las infestaciones por insectos y roedores.
• Comunicar a todos los involucrados las normas de higiene hospitalaria y su importancia en la prevención de infecciones.
• Identificar oportunamente los deterioros o averías de la Planta física que alteren la arquitectura y favorezcan la colonización de microorganismos y otros agentes.
• Realizar ciclos de charlas destinadas al Personal de la Empresa de Higiene Hospitalaria y funcionarios en general sobre la importancia en el cumplimiento de las medidas de Bioseguridad, residuos hospitalarios y seguridad hospitalaria.
• Realizar evaluaciones periódicas de la empresa de Higiene Hospitalaria de acuerdo a parámetros previamente establecidos para determinar la calidad de los procesos desarrollados y el grado de cumplimiento de los acuerdos.
• Realizar informes de conformidad y disconformidad y elevarlos a la Dirección Administrativa oportunamente con detalle de observaciones y hallazgos que puedan ser de alto riesgo sanitario.
• Proponer medidas correctivas de carácter urgente, mediante educación incidental a los funcionarios que realizan la higiene hospitalaria, informando a la Empresa de Higiene Hospitalaria de lo actuado con el registro Institucional en formulario para este fin.
• Establecer las pautas de Seguridad Laboral específicas para la rama de actividad.
• Controlar la entrega en tiempo y forma de equipos, insumos y vestimenta reglamentaria que permitan el cumplimiento de las Normas de Seguridad para el trabajador, como así también la reposición oportuna por parte de la Empresa adjudicataria de la Higiene Hospitalaria frente a obsolencia o averías de equipos o faltantes de insumos requeridos para la tarea.
• Supervisar la dilución de productos utilizados por los operarios de la Empresa de Higiene Hospitalaria de acuerdo a lo establecido en el pliego licitatorio en referencia y en el Manual de Higiene pudiéndose realizar controles analíticos periódicos para determinar las concentraciones de los mismos.
• Identificar durante los procesos de limpieza e informar a Dirección Administrativa deterioros de la Planta Física a fin de solicitar oportunamente las reparaciones.
• Informar cada vez que sea necesario a los Jefes de los Servicios el cronograma y horarios de las tareas de limpieza del Sector con la finalidad de facilitar el ingreso de los funcionarios de limpieza.
• Realizar una supervisión efectiva en el cumplimiento de la higiene hospitalaria.
• Supervisar el cumplimiento del flujograma de los diferentes residuos hospitalarios hasta su recolección definitiva.
• Trabajar en conjunto con el Comité de Infecciones en la confección de procedimientos y definición para la compra de insumos, sustancias químicas relacionadas con la prevención y control de IH y seguridad laboral.
*Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a provee
9. INTEGRACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL
Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de 22/06/2006.
El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):
• Un representante designado por A.S.S.E
• Un representante de la Unidad Ejecutora
• Un representante de los funcionarios
• Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
• El Tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.
Actuación (Art.7°- Decreto Nº 197/2006):
• Méritos y Antecedentes (100 puntos)
? "Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
? hasta 35 puntos por la escolaridad.
? hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementaria, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.
? "Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
? hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
? hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año.
10. NORMATIVA
Norma Aplicable:
Decreto N° 197/2006 de 22/06/2006
La inscripción en el "Registro de Aspirantes" no les confiere a los interesados otro derecho más que los de participar en un proceso de selección.
El ordenamiento resultante de los procedimientos en que haya habido evaluación de méritos y antecedentes o prueba tendrá una vigencia de tres años.
11. CONSIDERACIONES PARA LA CONVOCATORIA
A. Inhabilitaciones. Art. 4 de la Ley 18.172 de 31/08/2007: "Las personas que hayan sido destituidas como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave mediante decisión firme, o incumplimiento de sus obligaciones, sea en condición de funcionario público, o bajo cualquier otra modalidad de vinculación, previo sumario administrativo cuando correspondiere, o que hayan sido inhabilitadas como consecuencia de una sentencia penal ejecutoriada, no podrán ser objeto de una nueva designación o contratación pública.
Se excepciona del inciso anterior a aquellas personas que hayan sido destituidas por razones políticas, sindicales o mera arbitrariedad en el período comprendido entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985."
B. No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad.
C. En caso de ser convocado, el inscripto deberá exhibir los originales de toda la documentación presentada o enviada oportunamente al momento de la postulación.
Montevideo, diciembre de 2024.