LLAMADO INTERNO: ENCARGADO/A DEL SERVICIO DE LA OFICINA DE PERSONAL. HOSPITAL MACIEL

LLAMADO INTERNO

U.E. 005 - HOSPITAL MACIEL

REGISTRO DE ASPIRANTES

FUNCIÓN: ENCARGADO/A DEL SERVICIO DE LA OFICINA DE PERSONAL


1. BASES DEL LLAMADO

Se convoca a funcionarios pertenecientes al Inciso 29 A.S.S.E.
Dependerá jerárquicamente de la Administración del Hospital Maciel.
La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes.

2. REQUISITOS EXCLUYENTES GENERALES (a controlar por la Oficina RR.HH./personal)
• Ser funcionario perteneciente al Inciso 29 A.S.S.E. Presupuestado ó Contratado Art. 256 - Ley N.º 18.834 (04/11/2011), prestando funciones en el área de Recursos Humanos.
• Bachillerato aprobado de enseñanza secundaria o su equivalente de la Dirección General de Educación Técnico Profesional UTU (ex CETP).
• Diploma de Auxiliar Administrativo
• Cédula de identidad vigente (frente y dorso)
• Presentar Actuación Funcional de A.S.S.E. (Actualizada)
• Formulario para Presentación a Llamado a Concurso disponible en la página web de A.S.S.E. (https://www.asse.com.uy/contenido/FORMULARIO-PARA-LLAMADOS-A-CONCURSO-DE-A-S-S-E-14492)

3. REQUISITOS EXCLUYENTES ESPECÍFICOS (a controlar por el Tribunal)

• Experiencia laboral documentada en recursos humanos de A.S.S.E.

 

4. REQUISITOS A VALORAR (a valorar por el Tribunal)

• Escolaridad
• Capacitación Complementaria
• Antigüedad en la función mínimo de 1 año.
• Desempeño Acreditado en la función
• Formación terciaria documentada en Recursos Humanos (en áreas que comprendan el objeto del llamado tales como Gestión en Salud, Técnico en Administración).

 

Nota 1: La escolaridad a valorar será la del Bachillerato aprobado de Enseñanza Secundaria o su equivalente de la Dirección General de Educación Técnico Profesional - UTU (ex CETP).

Nota 2: La escolaridad de UTU con Constancia de Egreso expedida por el Departamento de Trayectoria Educativa es equivalente al título.

 

5. INSCRIPCIONES

Comenzarán a partir del día 22/07/2024 a la hora 09:00 y hasta el día 05/08/2024 a la hora 15:00 inclusive.
Preinscripción: Completar el formulario de postulación.

 

6. VÍAS DE CONSULTAS

Las consultas con respecto a los llamados se canalizarán a través del correo: consultadellamados.005@asse.com.uy


7. CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER

A. El correo electrónico declarado por el postulante al momento de la inscripción se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o a partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico.
B. El postulante podrá proponer al momento de la postulación un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando por nota firmada nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse y ningún postulante podrá integrar el Tribunal).
C. La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). "El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión".
D. Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso.
E. Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada.

F. Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los tres días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones.
G. Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante "Apostilla", si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 del 15 de noviembre de 2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente
H. Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria.


8. BREVE DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES
• Garantizar el cumplimiento de leyes laborales y de seguridad social.
• Mantener informado al personal acerca de los derechos y obligaciones que le comprenden, así como a la jefatura de los diversos servicios, a quienes se les proveerá información que requiera para el buen manejo y organización del trabajo que realizará el personal a cargo.
• Remitir información a diversos organismos, como ser declaraciones juradas de DGI, BPS, las cuales deberán ser elevadas en tiempo y forma, como así también dar altas en forma oportuna, a fin de evitar incurrir en multas por no dar cumplimiento con los plazos correspondientes.
• Organizar, resguardar información referente a ingresos, así como de aquellos funcionarios que ya forman parte de la UE, procurando tener organizado lo concerniente a los legajos personales, que los mismos se encuentren en lugares disponibles y de fácil acceso.
• Realizar control de asistencia del personal.
• Emitir los informes correspondientes dirigidos al sector de presupuesto a fin de efectuar el pago de salarios, en caso que el funcionario revista presupuestalmente en otra Institución los datos mencionados serán elevados a la misma.
• Permanecer en constante comunicación con la jefatura de los sectores en lo relativo a inasistencia del personal por el concepto que sea, certificaciones, inconsistencias de marcas de los funcionarios, para luego hacer reportes correspondientes tal como se explicitó precedentemente a fin de efectuar la liquidación de haberes.
• Realizar rescisión de contratos, en los casos que corresponda.
• Realizar el cálculo de saldos de licencias así como otros derechos generados por el funcionario.
• Gestionar licencias generados y no gozadas, bajas por jubilación con las liquidaciones de saldos que tengan lugar.
• Realizar registro del funcionario, tomado de huella digital.
• Informarle al ingreso acerca de sus derechos y obligaciones.

*Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer.

 

9. INTEGRACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL

Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de fecha 22 de Junio de 2006. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.


Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006):
• Un representante designado por A.S.S.E
• Un representante de la Unidad Ejecutora
• Un representante de los funcionarios
• Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador.
• El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un "Registro de Aspirantes", que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria.

 

Actuación (Art.7°- Decreto Nº 197/2006):
• Méritos y Antecedentes (100 puntos)
o "Méritos"
El factor "méritos" valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma:
? hasta 35 puntos por la escolaridad.
? hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación.

 

o "Antecedentes"
El factor "antecedentes" valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor "antecedentes" se podrán discriminar de la siguiente forma:
? hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente.
? hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año.

 

10. NORMATIVA

Norma Aplicable:
Decreto 197/2006 de 22/06/2006
La inscripción en el "Registro de Aspirantes" no les confiere a los interesados otro derecho más que los de participar en un proceso de selección.
El ordenamiento resultante de los procedimientos en que haya habido evaluación de méritos y antecedentes o prueba tendrá una vigencia de tres años.


11. CONSIDERACIONES PARA LA CONVOCATORIA

A. Inhabilitaciones. Art. 4 de la Ley 18.172 de 31/08/2007: "Las personas que hayan sido destituidas como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave mediante decisión firme, o incumplimiento de sus obligaciones, sea en condición de funcionario público, o bajo cualquier otra modalidad de vinculación, previo sumario administrativo cuando correspondiere, o que hayan sido inhabilitadas como consecuencia de una sentencia penal ejecutoriada, no podrán ser objeto de una nueva designación o contratación pública.
Se excepciona del inciso anterior a aquellas personas que hayan sido destituidas por razones políticas, sindicales o mera arbitrariedad en el período comprendido entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985."
B. En caso de ser convocado, el inscripto deberá exhibir los originales de toda la documentación enviada en formato PDF.

 


Montevideo, Julio de 2024